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jueves, 6 de diciembre de 2012

REUNION CONVENIO 4-12-2012

Como ya sabeis, hemos tenido una nueva reunión de Convenio. Tuvimos que entrar a negociar una propuesta que se nos habia enviado el Lunes sobre las 21:00, algo ya habitual, que solo sirve para dilatar aún más la negociación (aunque nosotros teniamos claro lo que defenderiamos).
Dicha propuesta reducía a dos las ofertas de la empresa para la redacción del articulo 10 en lo referente a los trabajadores de turnos.



                             

A
B
Horas de trabajo/año
1736 +   Horas Extra
1736 +   Horas Extra
Duración máxima del turno
8
10
Horas extra
Grueso plantilla
80
80
Línea de Pista
80
80
Horas flexibles
Grueso plantilla
173
173
Línea de Pista
173
173


Tras un inicio algo movido y con varios recesos, la empresa acepta aplicar la flexibilidad en el porcentaje que marca la Ley (10%), o sea 173 horas, algo que esta Sección Sindical, viene manteniendo y defendiendo desde el mes de Mayo (fecha de presentación de nuestra propuesta), así que no estabamos tan lejos de la realidad. Nos queda concretar como se llevará a cabo la compensación de las horas de flexibilidad.
El día 14 de Noviembre sufrimos una huelga general,  precisamente en contra de una Reforma Laboral abusiva para los intereses de los trabajadores, implantada por el Gobierno del Partido Popular, concediendo en uno de sus puntos a los empresarios, el derecho a organizar la vida de los trabajadores mediante la flexibilidad horaria. 
 La posición actual en la que nos encontramos es más cercana a las pretensiones que veniamos defendiendo en nuestro borrador de Convenio que trasladamos a los afiliados y simpatizantes en el mes de Mayo.

sábado, 1 de diciembre de 2012

Pregunta Parlamento Andaluz

Tras comunicarnos que el dia 29 de Noviembre, se realizarian por parte de la Diputada de IU Marina Segura las preguntas al Consejero de Economia, Innovación, Ciencia y Empleo, sobre el conflicto que mantienen los Trabajadores de la Base Aerea de Morón con la empresa norteamericana VBR , hemos estado toda la mañana en el Parlamento tres representantes de CCOO, y cinco de UGT.
Cualquier cosa que esta Sección Sindical pueda hacer para que acabe esta situación de falta de acuerdo y que podría acabar en la aplicación de la ultraactividad, la llevaraemos a cabo. Los politicos son los que han consentido , que estemos en esta situación , y creemos que son los que deben de ayudarnos a salir de ella.

 




jueves, 29 de noviembre de 2012

REUNION CONVENIO 28-11-2012

 La reunion comenzo con un video (https://www.youtube.com/watch?v=VRNOF3I24nE) , mas propio de un Instituto, que de unas negociaciones, que deberian de ser lo suficientemente serias.
A continuacion se nos explico  la propuesta sobre flexibilidad que la empresa tenia en mente.
Tras estudiar y valorar la propuesta realizada por la empresa, pasamos a dar a conocer a todos , el cuadro con las diferentes propuestas sobre flexibilidad que se ofrecio por la empresa, en  la reunion del Convenio.


Como puede apreciarse, las pretensiones de la empresa respecto a la flexibilidad, tienen ahora muchas mas variantes, que lo que se estaba hablando hasta ahora, desde esta seccion Sindical , consideramos que tanto la B y la C, son totalmente descabelladas, ya que superan ampliamente el 10% marcado por la vigente ley (Reforma Laboral aprobada por el Partido Popular), en estas opciones la empresa, no garantiza la compensacion de las horas y no esta dispuesta a abonar ningun suplemento por superar el 10 % (¿volvemos a la esclavitud?), la opcion A , como se aprecia, propone una jornada laboral de 10 horas en los periodos que se aplique la flexibilidad, y ademas no ha especificado mucho sobre esta propuesta.
La opcion D , como puede apreciarse, es lo que existe en la actualidad, pero hay que  definir que seria Servicio de Emergencia en los departamentos que estuviesen afectados por el trabajo de la pista.
Farrys tambien menciono otra opcion, que podria calificarse como E , que no aparece en esta tabla, que consistia en dejar el articulo 10 tal y como lo tenemos ahora en el convenio y aplicar la flexibilidad conforme marca la ley, es decir solo el 10% , en el caso de que fuese necesario. Es decir sería la opcion D pero sin horas de emergencia.
Como la mayoria de la plantilla ya sabe, en las propuestas de esta Seccion Sindical alla por el mes de Mayo, dejabamos claro que no admitiamos que se superase el limite del 10% en flexibilidad, ya que creemos que solo se consigue precarizar aun mas el empleo.
A continuacion os ponemos la propuesta del articulo 10 que avanzabamos en Mayo, y sacad vuestras conclusiones:



Articulo 10.- Clasificación de trabajo, horarios y flexibilidad

El trabajo será clasificado como normal, a turnos, bomberos o tiempo parcial. Los horarios de servicio de cada uno se tratan más abajo. Se podrán implantar  horarios distintos de trabajo, tras la comunicación previa al Comité de Empresa, e  individualmente con el acuerdo de la persona afectada o por departamentos  y la Dirección de la Empresa.
Así mismo las distintas jornadas  de trabajo podrán ser modificadas, como medida de flexibilidad, conforme a la legislación vigente, siempre que no se supere el 10% marcado.
Todo trabajador, al  que se le aplique el índice de flexibilidad fijado, se le abonara el correspondiente Plus de Turno y los que según el horario le fuesen de aplicación, se le garantizara el transporte por algunos de los métodos fijados en este convenio.

Trabajo normal:

El trabajo normal consiste en 40 horas semanales en cómputo anual, generalmente realizadas desde las 08:00 horas hasta las 17:00 horas, de lunes a viernes. La jornada  de trabajo de 9 horas incluirá dos descansos de 15 minutos (considerados como tiempo de trabajo efectivo), y un descanso de una hora para la comida (no computable como tiempo de trabajo efectivo). La jornada anual normal de trabajo no excederá 1736 horas de trabajo efectivo. Con la aprobación del supervisor, los dos descansos de 15 minutos pueden combinarse en un solo descanso de 30 minutos. Los periodos de descanso se tomarán en el lugar donde el empleado esté trabajando cuando comienza el periodo de descanso; el tiempo de transporte hasta un lugar adecuado para el descanso, no estará incluido en el tiempo de descanso.

Los empleados que trabajen en horario normal tendrán 30 minutos de flexibilidad en la hora de entrada y salida, pero debe estar en el centro de trabajo al menos 9 horas diarias (exceptuando la hora de comida y el break).

La flexibilidad horaria es importante debido a la naturaleza de tráfico aéreo, las condiciones meteorológicas, las roturas mecánicas y otras circunstancias. En consonancia, el horario normal pre-establecido puede alargarse o reducirse de acuerdo con la legislación laboral vigente. Las horas trabajadas serán saldadas trimestralmente, ajustando el horario de trabajo para cumplir con las 1736 marcadas o pagando horas extraordinarias, a discreción del trabajador. Los cambios necesarios serán notificados al Comité de Empresa y a  los trabajadores afectados con al menos 5 días de antelacion y se respetará en todo caso el periodo mínimo de 12 horas de descanso entre jornadas establecido por ley. En caso de que los cambios no coincidan con el transporte que proporciona la empresa, el trabajador recibirá el precio del kilometraje normal multiplicado por 1,5.

Horario de verano: entre el 15 de Junio y el 15 de Septiembre, las horas de trabajo normales puede ser modificadas por acuerdo entre el Comité y  la Empresa, para implantar un horario de trabajo continuo de ocho horas, con un solo descanso de 40 minutos, considerados como tiempo efectivo de trabajo. El específico horario de trabajo será aprobado conjuntamente por el Comité y la Empresa tras consultar a la Fuerza Aérea de los Estados Unidos, pudiendo  ser revisado según las prioridades de la misión. El horario de verano será comunicado al menos un mes antes de su implantación. Los cambios de horario relacionados con los cambios entre horario de verano y horario normal no serán considerados flexibilidad horaria. Podrán considerarse cambios en el horario de verano para adaptarse a circunstancias especiales (por ejemplo, trabajos al aire libre, transporte por autobús, etc.…); estos cambios serán acordados con el Comité de Empresa.

Trabajo a turnos:

El trabajo a turnos se utilizará para proporcionar servicios prolongados fuera de las horas normales de trabajo. El trabajo a turnos generalmente consiste en 40 horas de trabajo, con turnos que duran 8 horas cada día, seguido de dos días de descanso (de los cuales uno de ellos se imputará al descanso dominical). La duración de los turnos igual o inferior a ocho horas tendrá una hora de descanso intermedia considerada de tiempo efectivo de trabajo. Los turnos serán rotatorios y estarán definidos por  un cuadrante anual, realizado a principio del año.

La flexibilidad horaria es importante debido a la naturaleza de tráfico aéreo, las condiciones meteorológicas, las roturas mecánicas y otras circunstancias. En consonancia, para dar mayores opciones de apoyo al cliente, la Fuerza Aérea de los Estados Unidos, la duración de los turnos y los cuadrantes pueden modificarse con 5 días de preaviso a los trabajadores. En todo  caso se respetará el periodo de descanso mínimo de 12 horas  entre jornadas establecido por Ley. El total anual de 1736  horas trabajadas será ajustado trimestralmente, modificando el cuadrante de trabajo o pagando horas extraordinarias, a discreción del trabajador. El transporte proporcionado por la empresa podrá ser alterado para dar el máximo apoyo posible a los cuadrantes de turnos modificados.  Los empleados que no puedan utilizar el transporte proporcionado por la empresa debido a la modificación en los turnos recibirán el precio del kilometraje normal multiplicado por 1,5.

Bomberos:

Los bomberos trabajarán 56 horas semanales de promedio en cómputo anual, con un máximo de 40 horas de trabajo efectivo y el resto de guardia de presencia. La jornada anual no excederá de 2.472 horas. Un máximo de 1.736 serán de trabajo efectivo y el resto de guardia de presencia en el departamento de bomberos. El trabajo se realizará en turnos de 24 horas, distribuidos en ciclos de 9 días, lo que supone 121 ó 122 turnos anuales.

Tiempo parcial:

El personal a tiempo parcial con jornada diaria de al menos cinco horas continuadas tendrá derecho a un solo descanso de quince minutos, computable como tiempo de trabajo efectivo.

martes, 27 de noviembre de 2012

AGRADECIMIENTO A LA PLANTILLA

Desde esta Sección Sindical, queremos agradecer a toda la PLANTILLA, el seguimiento realizado de la pasada Huelga, con el esfuerzo tanto físico, psíquico y monetario, que para todos ha supuesto.
Ante tal demostración de unidad por parte de los trabajadores, la Empresa debería pensar en cambiar su postura de negociación intransigente al buscar solo su beneficio, y no el de todos los trabajadores a su cargo.
Tras ratificar el apoyo ofrecido por todos vosotros , no podemos menos que sentirnos totalmente convencidos de que con vuestro respaldo, podremos llegar a un acuerdo satisfactorio.
Y como no podia ser menos, agradeceros enormemente (aunque mereceis mucho más), el aliento y empuje sentido por todos los que pertenecemos a este vuestro Comité.

 MUCHISIMAS GRACIAS A TODOS





lunes, 26 de noviembre de 2012

FLEXIBILIDAD LABORAL ¿O ESCLAVITUD?

Las cuatro grandes vertientes de la flexibilidad laboral son: la flexibilidad de los salarios; la flexibilidad de la duración del trabajo; la flexibilidad de la contratación laboral; y la flexibilidad de la organización del trabajo.

La flexibilidad laboral o desregulación del mercado de trabajo, hace referencia a la fijación de un modelo regulador de los derechos laborales que elimine trabas y regulaciones para contratar y despedir empleados por parte de las empresas y organizaciones privadas. La flexibilidad laboral está relacionada con las medidas de regulación del mercado laboral en lo referente a la libertad de contratación y el contrato individual de trabajo, para flexibilizar los mecanismos logrados  por los trabajadores y sindicatos en el siglo XX.

Muchos problemas asociados a la desregulación del mercado laboral provienen de debilidades de las estructuras jurídicas donde se aplica, que permiten sacar ventajas más allá del contrato o acuerdo establecido, lo que vuelve necesaria la consolidación de la seguridad jurídica como pilar de una economía de mercado. Así en muchos países donde se han producido flexibilizaciones ha aumentado la precariedad del empleo, y muchos trabajadores necesitan varios trabajos o actividades para lograr un ingreso suficiente. Este fenómeno sería visible en el aumento del trabajo remunerado por comisiones, la contratación por hora, la subcontratación, el trabajo temporal, el autoempleo, etc.

Como podeis comprobar , cada una de las medidas que la empresa puede aplicarnos tras la ultima reforma laboral aprobada por el Gobierno del Partido Popular , son totalmente lesivas, que unicamente provocan que cada vez perdamos mas derechos.
Algo que nos costado muchos años de lucha y que ahora no vamos a dejar que nos lo arrebaten 







¡¡¡¡¡¡ COLETAZOS DE LA HUELGA !!!!!!!!

Hoy el director de la Empresa, Ron Farris, en presencia de el Presidente, Vicepresidente y un representante de USO, ha comunicado a Ruben Ballesteros, delegado Sindical de CCOO, que tras los aplausos que se oyeron en el autobus de Alcala en el dia de hoy, va a proceder a redactar una carta de sancion contra él, porque una trabajadora, se ha sentido acosada con dichos aplausos ,( segun parece es el "Lider" del bus).

PROXIMA REUNION DE CONVENIO

La Dirección propone que la próxima reunión de convenio tenga lugar el miércoles 28 de Noviembre, a las 13:30 horas.

sábado, 24 de noviembre de 2012

INFORMACION ES PODER

Parece ser que fue Francis Bacon [1561-1626] quien expresó por primera vez esta idea, aunque de seguro el control de la información ya se había practicado con mucha antelación.
Asi que desde esta Seccion Sindical, vamos a intentar iniciar una campaña de informacion que sirva para que todos los miembros de la plantilla, con la informacion en su poder, pueda decidir en todo momento sobre lo que sea mas perjudicial o beneficioso para su futuro.
La informacion que traslademos podra parcer muy tecnica, pero os recordamos que nos teneis a vuestra disposicion en todo momento, por los diferentes medios que estan a vuestra disposicion.
Ultraactividad:
El principio de ultraactividad significó una importante conquista gremial que le permitió a las organizaciones sindicales defender los logros obtenidos en un convenio , negándose a discutir otro que pudiera traducirse en perjuicio para los derechos de sus representados. Constituyó el principal escollo para las entidades patronales que pretendían la rediscusión de todas las cláusulas convencionales y no sólo reformas parciales.
Conforme a la nueva normativa , agotada la vigencia del convenio y si las partes no llegan a un acuerdo para la firma de uno nuevo, los trabajadores veran cómo desaparecen, por el solo vencimiento del plazo, todos los derechos convencionales (licencias especiales, salarios, condiciones de trabajo, categorías, etc.), quedando regidos los trabajadores de la actividad  por el Convenio de sector inmediatamente superior, y si no existiese , por el Estatuto de los Trabajadores ( Ley de minimos).

Con la reforma del pasado mes de Julio , realizada por el Gobierno del Partido Popular, los nuevos convenios pueden ser a la baja (o sea, con pérdida de derechos) respecto de los convenios anteriores, y un convenio de ámbito mayor puede constituir para los trabajadores representados en el mismo menores derechos que los otorgados por el convenio de Empresa, que han sido conseguidos tras muchos años de lucha.
A continuacion os ponemos la cuenta de  esta Seccion Sindical , para que podais enviar cualquier idea, sugerencia, propuesta, o consulta.

ccoobasemoron@gmail.com

domingo, 18 de noviembre de 2012

¿NEGOCIACION COLECTIVA O CABREO COLECTIVO?

El Viernes 16 de Noviembre, debería ser declarado por esta plantilla dia del CABREO COLECTIVO, una vez que los representantes de la Empresa para la cual trabajamos, intentaron sin conseguirlo, CHULEAR a los representantes de este colectivo, del cual todos formamos parte. A las 9:30 de la mañana, estabamos citados en la sede del SERCLA (organismo encargado de mediar para la resolución de conflictos laborales)
para intentar desbloquear la situación en la que nos encontramos de la negociación del convenio colectivo.
Despues de una exposición por parte del Presidente del Comité,sobre los motivos que han generado el registro de la huelga, el abogado de la empresa, en su exposición, utiliza lo reseñado en los blogs de dos Secciones Sindicales, claro está que utilizando las partes que le convienen e intentando dar una interpretación sesgada y partidista de los mismos, para justificar la desunión existente entre los miembros de este comité. Pues solamente le sirvió para recibir una CONTUNDENTE respuesta por parte de los aludidos ratificando la UNIDAD DE ACCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES, Y EL APOYO DE LA PLANTILLA. Los miembros de la mesa estaban constatando la poca disposición de la Empresa, bueno poca no, ninguna, a intentar solventar la situación continuando con la negociación. Poco más que la empresa no reconocía el papel asignado a este Organismo, y confirmó que NO ESTABAN ALLÍ PARA NEGOCIAR. ¡¡¡QUÉ POQUISIMA VERGÜENZA TIENE ESTA GENTE!!! ( Comentario escuchado entre los mediadores). Estaba claro que se firmaría el acta sin avenencia, puesto que a la Empresa solo le interesaba negociar los Servicios Minimos, y dilatar este convenio hasta su fecha de caducidad para aplicar la ULTRAACTIVIDAD, (Para que nos entendamos, descuelgue al convenio de la Construcción), proponiendo una reunión para el próximo 28 DE NOVIEMBRE. ¡¡¡Esto es alucinante!!!
 Desde esta Seccion Sindical pensamos que tras tantas reuniones intentando negociar un convenio lo mas digno y justo para los trabajadores,una y otra vez,  la Empresa llegaba con borradores diferentes y peticiones fuera de toda lógica, como ampliar la jornada de trabajo de 7 a 10 horas, no garantizar la compensacion de las horas trabajadas por flexibilidad, aplicación de la reforma a su antojo a la hora de los despidos, atribuirse la cantidad de horas extras obligatorias sustituyendolas por flexibilidad, etc..
¿Creeis que son motivos suficientes para ir a una huelga? 
PENSAMOS QUE SI, Y VOSOTROS TAMBIEN DESDE EL MOMENTO QUE LO VOTASTEIS.